El que mucho abarca poco aprieta
- Eduardo Pizarro Leóngomez
- 27 abr
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El sueño de la paz se convirtió, desde el inicio del mandato de Gustavo Petro, en la principal bandera de su gobierno.
Muy temprano, el 30 de agosto de 2002 -es decir, a escasas tres semanas de la posesión del nuevo presidente- la Ley de la Paz Total fue radicada por los ministros del Interior y de Defensa, Alfonso Prada e Iván Velásquez, junto a los senadores Alirio Uribe y Ariel Ávila. Además, la ley fue presentada como una ley marco, es decir, no como una normatividad para la conducción de la paz de un gobierno en particular -como había sido en el pasado-, sino, como una política de Estado. Ni más ni menos.
No es de extrañar, por tanto, que la primera ley de iniciativa presidencial aprobada por el Congreso de la República haya sido precisamente la Ley 2272 del 4 de noviembre de 2022 (“Por medio de la cual se modifica, adiciona y prorroga la Ley 418 de 1997, prorrogada, modificada y adicionada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1738 de 2014 y 1941 de 2018, se define la política de paz de Estado, se crea el Servicio Social para la Paz, y se dictan otras disposiciones”).
La simple enumeración de las leyes que adiciona, modifica o prorroga, seis en total aprobadas desde 1997 una tras otra, es una evidencia de la enorme dificultad para encontrar el camino de la paz en Colombia. En nuestro país, cada uno de los grupos guerrilleros que conformaron la Coordinadora Guerrillera Simón Bolívar (CGSB) que surgió el 27 de septiembre de 1987, tras la I Conferencia Bolivariana, terminaron firmando acuerdos de paz por separado (Cuadro 1).
Cuadro 1. Negociaciones de paz grupo por grupo escalonadas en el tiempo
Grupo guerrillero | Lugar y Fecha | Acuerdo |
Movimiento 19 de Abril (M-19) | Bogotá, 9 de marzo de 1990 | Acuerdo político entre el Gobierno Nacional, los partidos politicos, el M-19 y la Iglesia Católica en calidad de tutora moral y espiritual del proceso |
Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) | Ovejas (Sucre), 25 de enero de 1991 | Acuerdo final entre el PRT y el Gobierno Nacional |
Ejército Popular de Liberación (EPL) | Belmira (Antioquia), 15 de febrero de 1991 | Acuerdo final entre el Gobierno Nacional y el Ejército Popular de Liberación |
Movimiento Armado Quintín Lame (MAQL) | Caldono (Cauca), 27 de mayo de 1991 | Acuerdo final entre el Gobierno Nacional y el Movimiento Armado Quintín Lame |
Corriente de Renovación Socialista (CRS) | Ovejas (Sucre), 9 de abril de 1994 | Acuerdo político final entre el Gobierno Nacional y la Corriente de Renovación Socialista |
Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) | Bogotá, 24 de noviembre de 2016 | Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera |
Es decir, en Colombia nunca se logró que dos grupos guerrilleros firmaran el mismo día y a la misma hora, como sí ocurrió en El Salvador y en Guatemala en donde los cinco componentes del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) y los cuatro de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) firmaron al unísono en 1992 y 1996 respectivamente, poniendo punto final a la lucha insurgente en ambas naciones.
Pero, además de haber sido la primera ley aprobada bajo el gobierno Petro, se trataba de una ley muy ambiciosa, pues, se incluían -como se puede observar en el Cuadro 2- a todo tipo de organizaciones armadas, tanto de origen político como puramente criminal. Es decir, desde los denominados “grupos armados organizados al margen de la ley” (GAOML) hasta las llamadas “estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto” (EAOCAI), según los términos utilizados en la Ley 2272 para diferenciar a las organizaciones susceptibles de diálogos de carácter político y acuerdos de paz y aquellas que debían someterse a la justicia mediante diálogos socio-jurídicos.
Es decir, esta ley impulsaba el mismo modelo de negociación grupo por grupo y escalonada en el tiempo que venimos padeciendo en Colombia desde 1990, pero agravada debido a las profundas diferencias entre aparatos armados tan disímiles. De hecho, su caracterización como GAOML o EAOCAI era -según la Ley 2272- una decisión que debía tomar una instancia de alto nivel que, bajo la coordinación del Ministerio de Defensa, estaría además compuesta por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y la Dirección Nacional de Inteligencia.
Desde el primer día esta caracterización de los “grupos armados no estatales” no estuvo exenta de dificultades. Por un lado, el ELN no aceptó ser catalogado como un GAOML y exigió ser considerado simple y llanamente como un actor armado rebelde. Y, a su turno, el autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia ha reclamado desde entonces un tratamiento como actor político, habiéndose convertido en un grupo armado no estatal más poderoso del país, entre otras razones, gracias a su control de enormes rentas ilegales (tráfico de drogas y personas, minería ilegal y un largo etcétera).
Cuadro 2. La Paz Total
Grupo armado | Status | Jefe del equipo de gobierno | Resolución |
ELN | GAOML | Vera Grave | Resolución 194 de 2023 |
Estado Mayor Central | GAOML | Camilo González | Resolución 205 de 2023 |
Segunda Marquetalia | * | Armando Novoa | Resolución 220 de 2024 |
Frente Comuneros del Sur | GAOML | Carlos Erazo | Resolución 369 de 2024 |
Ejército Gaitanista de Colombia | EAOCAI | Álvaro Jiménez | Resolución 257 de 2024 |
Autodefensas de la Sierra Nevada de Santa Marta | EAOCAI | Óscar Mauricio Silva | Resolución 300 de 2024 |
Bandas criminales de Buenaventura (Shottas y Espartanos) | EAOCAI | Fabio Cardozo | Resolución 210 de 2023
|
Bandas criminales del Valle de Aburrá | EAOCAI | Isabel Cristina Zuleta | Resolución 138 de 2023 |
Bandas criminales del Chocó (Locos Yam, Los Z, Revolución Cabí, RPS y Mexicanos) | EAOCAI | David Rasero | Resolución 274 de 2023 |
*Las negociaciones con la Segunda Marquetalia son inciertas, pues, según los acuerdos de Paz del Teatro Colón los grupos reincidentes de las antiguas FARC solo tienen como opción el sometimiento a la justicia.
Según la Ley 2272 de 2002, un GAOML es un grupo armado “que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerza sobre una parte del territorio un control tal que le permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas”. Los EAOCAI, por su parte, son “aquellas organizaciones criminales conformadas por un número plural de personas, organizadas en una estructura jerárquica y/o en red, que se dediquen a la ejecución permanente o continua de conductas punibles, entre las que podrán encontrarse las tipificadas en la Convención de Palermo, que se enmarquen en patrones criminales que incluyan el sometimiento violento de la población civil de los territorios rurales y urbanos en los que operen, y cumplan funciones en una o más economías ilícitas”.
Lo más complejo es que, aun cuando la Ley 2272 haga referencia a dos tipos de organizaciones (GAOML y EAOCAI), en realidad estamos abocados a cuatro modelos diferentes de negociación: negociaciones políticas en sentido estricto con el ELN y los grupos provenientes de las FARC (con incertidumbre con respecto a la Segunda Marquetalia), diálogos socio-jurídicos con organizaciones criminales (el Ejército Gaitanista de Colombia y las Autodefensas de la Sierra Nevada de Santa Marta), diálogos territoriales con la disidencia del ELN en Nariño (Frente Comuneros del Sur) y, finalmente, Espacios de Conversación Socio-Jurídica de Construcción de Paz Urbana con las bandas locales en Chocó, el Valle de Aburrá y el puerto de Buenaventura.
Un galimatías de difícil manejo. Y, como si fuera poco, en la Ley 2272 se añadió además un artículo que les permitía a antiguos miembros de grupos armados desmovilizados mediante acuerdos con el Estado ser designados como “gestores de paz”, con objeto de coadyuvar al desmantelamiento de los grupos derivados de esas organizaciones.
Es así como, se nombraron como “gestores de paz” a antiguos líderes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) como Salvatore Mancuso, Rodrigo Tovar (“Jorge 40”), Edwar Cobos (“Diego Vecino”), Hernán Giraldo (“El Patrón”), Fredy Rendón (“El Alemán”), Arnubio Triana (“Botalón”), José Everth Veloza (“HH”), Manuel de Jesús Pirabán (“El Pirata”) y muchos otros de menor jerarquía. Así mismo fueron designados como “gestores de paz” miembros de las antiguas FARC o del ELN.
Una decisión no solo muy controversial, sino, en muchos casos con resultados desastrosos para el logro de la paz, pues muchos “gestores de paz” simple y llanamente han aprovechado su salida de la cárcel para volver a sus andanzas en la guerra o en la criminalidad gracias a estas medidas mal concebidas, que en muchas ocasione solo han servido para reforzar a estos grupos con personas con una amplia experiencia militar. Especial indignación causó ver en vivo y en directo al antiguo carcelero de los rehenes de las FARC, Alexander Farfán Suárez (“Gafas”) -quien había sido capturado en la Operación Jaque- de nuevo en armas en las filas de Néstor Gregorio Vera (“Iván Mordisco”) y participando en acciones criminales como el secuestro y la posterior expulsión de su municipio de la concejal de Argelia (Cauca), Sandra Betancourt.
¿Crónica de un fracaso anunciado?
Sin explayarme en este breve artículo en la multiplicidad de factores que pueden afectar un proceso de paz, quisiera subrayar otros tres talones de Aquiles de la “Paz Total” que han sido, además de la multiplicación de frentes de negociación de paz o acogimiento a la justicia, el creciente fraccionamiento de los grupos armados, la enorme improvisación y la escasa preparación de los equipos responsables, así como la ausencia a estas alturas del gobierno de un marco jurídico que defina la ruta para el sometimiento y el desarme de los grupos criminales.
Si nos limitados únicamente a las divisiones en el seno de los grupos armados de origen político (las “disidencias de las disidencias”), los tres grupos que están actualmente en conversaciones de paz con el gobierno se encuentran hoy en día hondamente fracturados, entre quienes persisten en el proceso y quienes lo han abandonado bajo distintos pretextos
(Cuadro 3).
Cuadro 3. Divisiones en el seno de los grupos armados de origen político
Grupo | Líder | Grupo disidente | Líder |
ELN | Eliécer Herlinto Chamorro (“Antonio García”) | Comuneros del Sur | Gabriel Yepes (“HH”) |
EMC* | Néstor Gregorio Vera (“Iván Mordisco”) | Bloques Jorge Suárez Briceño y Magdalena Medio, y Frente Raúl Reyes | Alexander Díaz (“Calarcá Córdoba”) |
Segunda Marquetalia | Luciano Marín (“Iván Márquez”) | Coordinadora Nacional del Ejército Bolivariano | José Vicente Lesmes (“Walter Mendoza”) |
*Fuertes rumores hablan de una nueva disidencia de los frentes Dagoberto Ramos e Isaías Pardo en el Cauca y el centro del Valle del Cauca, lideradas por Wilmar Pazu Rivera (“David”) e Iván Jacob Idrobo (“Marlon”).
Por otra parte, a diferencia del equipo negociador con las FARC entre 2012 y 2016 en La Habana que tuvo un intenso aprendizaje previo con expertos en resolución de conflictos, tanto de prestigiosas universidades como Harvard, de organismos internacionales como Naciones Unidas o de equipos de paz exitosos como los que lideraron los procesos en Irlanda del Norte o el País Vasco Español, bajo el gobierno Petro los equipos son enviados al terreno sin una preparación mínima en un tema tan complejo.
En todo tipo de negociación, por ejemplo, entre una empresa y un sindicato para definir un pliego de peticiones o entre dos naciones para determinar un acuerdo de libre comercio, es indispensable disponer de expertos, ya sea en el campo laboral, ya sea en el campo de la economía internacional. Lo mismo ocurre en el campo de las negociaciones de paz, en donde los equipos designados deben disponer no solo de habilidades personales (flexibilidad y adaptabilidad, capacidad de comunicación efectiva y de interacción interpersonal), sino, igualmente, de habilidades de manejo de conflictos (escucha activa, comunicación abierta, capacidad de trabajar con la contraparte) y dominio de las estrategias de resolución de conflictos (capacidad de diseñar una agenda realista y mutuamente beneficiosa, selección de un tercero como mediador o como árbitro, manejo de los tiempos, determinación del lugar más apropiado para adelantar las conversaciones, etc.).
Por último, todos los analistas con mayor o menor énfasis coinciden en que los frentes de paz con los denominados EAOCAI están en crisis y sin avances tangibles, entre otras razones, por la ausencia de un marco legal para el sometimiento a la justicia de estos grupos. Es impactante constatar que hasta solo hace pocas semanas -tras más de dos años de gobierno Petro- la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, anunció que se estaba preparando la Ley de Sometimiento 2.0 (El Tiempo, 20 de marzo de 2025).
Debido a esta enorme improvisación, el profesor Armando Borrero no duda en situar el proceso de paz del actual gobierno en la categoría de “procesos de paz voluntaristas”, similares a los que hubo bajo los gobiernos de Betancur, Samper y Pastrana con nulos o muy escasos resultados, a diferencia de los “procesos de paz institucionales” que impulsaron con mayor rigor Barco, Gaviria y Santos y con resultados más satisfactorios.
Se trata, sin duda, de un tema que debería ser objeto de honda reflexión por parte del actual gobierno y, sobre todo, del futuro gobierno que se posesiona en 2026. La paz constituye un sueño que añoramos la inmensa mayoría de los colombianos. Por ello, es indispensable que abramos un amplio debate nacional sobre lo que está funcionando bien e, igualmente, sobre lo que no está funcionando, para poder avanzar en esta aspiración nacional.
Mi conclusión es tajante: no es suficiente con desear la paz. Es necesario, tambien, saber construirla.
* Profesor emérito de la Universidad Nacional de Colombia
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